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Contabilidad de transacciones en moneda extranjera

Contabilidad de transacciones en moneda extranjera

Os recordamos que a 31/12/2021 las operaciones en moneda extranjera deberán de estar valoradas al tipo de cambio de cierre. Para su correcta contabilización, a continuación os resumimos como hacerlo:

Transacciones en moneda extranjera          

 Valoración inicial:

Al importe en moneda extranjera se le aplicará el tipo de cambio en la fecha de la transacción (aquella en la que se cumpla los requisitos para su reconocimiento).

Se podrá utilizar un tipo de cambio medio en el periodo en el que tienen lugar las transacciones, en cada una de las clases de moneda extrajera que ese hayan utilizado, siempre y cuando no experimente variaciones significativas.

Valoración al cierre del ejercicio:

Partidas monetarias (efectivo, préstamos y partidas a cobrar, débitos y partidas a pagar, inversiones en valore representativos de deuda)

Se valorarán aplicando el tipo de cambio de cierre (tipo de cambio medio de contado existente en esa fecha)

Las diferencias de cambio tanto positivas como negativas que se produzcan, se reconocerán en la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio que surjan  à Con abono o cargo a las cuentas 668 y 768  (En cada cierre, se cargará por la pérdida  o se abonará por la ganancia de valoración de las partidas monetarias vivas a dicha fecha con cargo a las cuentas representativas de las mismas denominadas en moneda distinta del EUR.

Partidas no monetarias (Inmovilizado material, inversiones inmobiliarias, el fondo de comercio y otros inmovilizados intangibles, existencias, anticipos a cuenta de compras o ventas, etc.)

Partidas no monetarias valoradas a coste histórico

Se valorarán aplicando el tipo de cambio de la fecha de la transacción,

Si se amortiza, las dotaciones a la amortización se calcularán sobre el importe en EUR aplicando el tipo de cambio de la fecha en la que fue registrado inicialmente. La valoración así obtenida no podrá exceder en cada cierre posterior, del importe recuperable en ese momento.

Partidas no monetarias valoradas a valor razonable

Se valorarán aplicando el tipo de la fecha de determinación del valor razonable

Conversión de las CCAA a la moneda de presentación

Cuando la moneda de una empresa española sean distintas del euro, la conversión de sus cuentas anuales a la moneda de presentación se realizará aplicando los criterios establecidos sobre “Conversión de estados financieros en moneda funcional distinta de la moneda de presentación” en las Normas para la Formulación de las Cuentas Anuales Consolidadas, que desarrollan el Código de Comercio.

Las diferencias de conversión se registrarán directamente en el patrimonio neto.